Postureo

 


(Publicado en Diario SUR de Málaga el 20 de abril de 2026)

- Las reglas del juego (CXV) - 

Desde las elecciones generales de diciembre de 2015 no ha habido un partido político con mayoría absoluta en las Cortes Generales. Esta ha sido también la regla en los parlamentos autonómicos, con solo cinco excepciones: Galicia, en tres ocasiones, Madrid y Castilla-La Mancha en dos y La Rioja y Andalucía en las últimas elecciones. La fragmentación parlamentaria ha exigido que la gran mayoría de los gobiernos hayan sido posible mediante acuerdos entre varias fuerzas políticas. Estos pactos suelen clasificarse según la intensidad del compromiso al que llegan sus firmantes: solo para elegir un nuevo presidente (pacto de investidura), para acordar varias líneas de actuación durante todo su mandato (pacto de legislatura) o para formar conjuntamente un gobierno de coalición (pacto de gobierno). Este es el caso del recientemente alcanzado, cuatro meses después de las elecciones autonómicas, en Extremadura. 

La experiencia acumulada durante todos estos años permitiría aplicar también a esos pactos otra clasificación, acaso más enriquecedora que la anterior: la que distingue entre pactos sustantivos y pactos performativos. Un pacto sustantivo contiene decisiones que son aplicables en la práctica. Denota un acuerdo sobre medidas con las cuales se pretende realmente llevar a cabo una política pública determinada. Para que exista este tipo de pacto tienen que darse, al menos, dos condiciones. La primera es que la medida acordada no sea imposible: valdría, por ejemplo, pactar que se van a subir o bajar impuestos, pero no que se va a hacer que el sol salga por poniente y se ponga por levante. La segunda, que la medida acordada esté dentro de las competencias de los firmantes del pacto: valdría, por ejemplo, que las fuerzas parlamentarias de una Comunidad Autónoma pactaran la reducción del tramo autonómico del IRPF, pero no la reducción del IVA, que es competencia estatal.

Por el contrario, los pactos performativos, como todos los actos que tienen esta naturaleza, no buscan acotar una parte de la realidad para proyectar sobre ella una determinada acción sino, directamente, crear una realidad nueva con el propio discurso. Por eso no importa que el pacto contenga medidas que no pueden llevarse a cabo, o que incluya proposiciones directamente imposibles o que escapen a las competencias de sus firmantes. Su único sentido es posicionarse ante los que comulgan con esos mismos objetivos, de modo que sus protagonistas consigan señalarse ante sus fieles como los campeones de lo que ellos entienden que es justo. Por eso contiene afirmaciones de carácter identitario, cuya finalidad no es señalar políticas públicas realmente susceptibles de ser puestas en práctica, sino transmitir a un sector de la opinión pública que se poseen los valores morales correctos. Los teóricos de la comunicación política se refieren a este fenómeno como el de señalización de la virtud («virtue signaling»). También podríamos llamarlo, más sencillamente, postureo.

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