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Emergencia constitucional

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    (  Publicado en Diario SUR   de Málaga   el 25 de marzo de 2020)   NUESTRA CONSTITUCIÓN, COMO MUCHAS otras, contiene normas que ayudan a encarar una emergencia como la que actualmente vivimos debido a la pandemia de Covid-19. Una de esas disposiciones, como se sabe, es la que regula el estado de alarma en el que actualmente nos encontramos. El derecho constitucional de emergencia que estamos ahora aplicando tiene dos notas características: la primera es otorgar a las autoridades poderes excepcionales para que puedan actuar de forma eficaz frente a una situación de crisis. A la vista está lo que el decreto que declara el estado de alarma y las normas que lo desarrollan han establecido a este respecto: se ha creado un mando único para la lucha contra la epidemia y se han puesto todos los recursos necesarios, públicos y privados (pues todos ellos están, como dice la Constitución, subordinados al interés general), al servicio de ese objetivo. Se han restringido seriamente derec