La rabiosa actualidad política y el análisis constitucional

 




(Publicado en Diario SUR de Málaga el 22 de noviembre de 2025)

- Las reglas del juego (C) - 


La aprobación por el Gobierno del llamado «techo de gasto» el martes, y el anuncio que el jueves hizo el Tribunal Supremo del fallo de la sentencia que condena al fiscal general del Estado han sido ingredientes relevantes de la actualidad política en la semana que termina hoy domingo. Que sobre ninguna de las dos noticias pueda decirse aún nada concluyente desde un punto de vista constitucional no ha sido óbice para que sobre ambas se hayan vertido ya en medios de comunicación y redes sociales ríos de tinta y horas de comentarios en las que la Constitución aparece, según los casos, por fin triunfante o finalmente derrotada.

Es cierto que la aprobación del techo de gasto, primero en el Consejo de Política Fiscal y Financiera, y después por el Consejo de Ministros, es necesaria para que el Gobierno pueda cumplir con una obligación que le exige la Constitución y que ya lleva tiempo desatendiendo, la de presentar ante el Congreso de los Diputados el proyecto de presupuestos generales del Estado. Pero que se haya dado ese paso no garantiza que el Gobierno vaya realmente a dar el siguiente, y presentar por fin los presupuestos en el Congreso, ni tampoco lo contrario, ni por supuesto augura que los presupuestos, si es que finalmente llegaran a presentarse, vayan a ser aprobados o rechazados por el Parlamento. Sin embargo, de martes a jueves ha sido muchos los que han proclamado que el Gobierno ya ha cumplido, como venía anunciando, con su obligación constitucional, mientras que otros muchos se han apresurado a afirmar que estamos ante una nueva maniobra de ocultación de su verdadera voluntad, que sería, justamente al contrario, seguir eludiéndola.

    Del jueves en adelante, el anuncio por el Tribunal Supremo del fallo condenatorio del fiscal general del Estado ha servido para que estos esforzados exégetas del texto constitucional hayan vuelto a pontificar sobre lo que la Constitución manda, ahora al respecto de la separación de poderes, que la condena al fiscal habría, por fin, reforzado, o del derecho fundamental a la presunción de inocencia, que esa misma condena habría claramente vulnerado. Por supuesto, que todo ello lo deduzcan de una sentencia cuyos razonamientos aún se desconocen no parece presentar ningún obstáculo para proclamar con voces muy altas tanto una cosa como la contraria.

    Los acelerados vientos del debate político, que son los que parecen hinchar las velas de afirmaciones tan apresuradas como esas, son muy poco propicios para el análisis constitucional, necesariamente más sosegado. Esa es la razón por la que esta columna, que tiene más vocación de ilustrar sobre lo segundo que de adentrarse en lo primero, trata muy raramente temas de rabiosa actualidad, a no ser que sea, como en este caso, para justificar por qué desde la Constitución no hay aún mucho que decir al respecto.

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